Aranceles notariales según el Real Decreto 1426/1989, con el descuento del 5 % y el IVA incluidos.
Total con IVA
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Escribir un testamento ológrafo no cuesta nada. Solo su protocolización tras el fallecimiento genera gastos.
Crear mi testamentoEstimación basada en el arancel oficial. No incluye los folios adicionales, las copias autorizadas, la gestoría, el Impuesto de Sucesiones ni la plusvalía municipal. En la práctica, la factura real de una declaración de herederos suele situarse entre 200 y 300 euros por los folios y las copias. Solo la notaría emite el importe definitivo.
El testamento ológrafo, escrito y firmado enteramente de tu puño y letra, es válido en España sin notario. Nuestro generador te guía pregunta a pregunta.
Crear ahora tu testamentoEl precio de un notario no se negocia. Lo fija el Real Decreto 1426/1989, que aprueba el Arancel de los Notarios, y rige igual en Madrid, en Sevilla o en un pueblo de Soria. Desde el Real Decreto-ley 8/2010 se aplica además un descuento del 5 % sobre todas las cantidades, que ya está incluido en esta calculadora.
Los documentos se dividen en dos grupos. Los documentos sin cuantía, como un testamento o un poder, tienen un importe fijo. Los documentos de cuantía, como la escritura de aceptación de herencia, se calculan sobre el valor de los bienes con una escala decreciente por tramos.
| Tramo del valor | Arancel |
|---|---|
| hasta 6.010,12 euros | 90,15 euros fijos |
| de 6.010,13 a 30.050,61 euros | 4,50 por mil |
| de 30.050,62 a 60.101,21 euros | 1,50 por mil |
| de 60.101,22 a 150.253,03 euros | 1,00 por mil |
| de 150.253,04 a 601.012,10 euros | 0,50 por mil |
| de 601.012,11 a 6.010.121,04 euros | 0,30 por mil |
| más de 6.010.121,04 euros | libremente pactado |
Cada tramo se calcula por separado y los importes se suman. Sobre el resultado se aplica el descuento del 5 % y, al final, el 21 % de IVA.
No. El testamento ológrafo del artículo 688 del Código Civil es válido si lo escribes entero de tu puño y letra, lo fechas y lo firmas. No necesita notario ni testigos.
La diferencia aparece después del fallecimiento: el testamento ológrafo debe protocolizarse ante notario en un plazo de cinco años, mientras que el testamento abierto ya está en el protocolo desde el primer día y se localiza en el Registro General de Actos de Última Voluntad.
Por eso mucha gente combina las dos cosas: redacta el borrador con calma en casa y decide después si lo lleva a la notaría o lo conserva como testamento ológrafo.
Responde a unas preguntas sencillas y recibe un borrador adaptado a tu situación, al instante en PDF, Word y OpenOffice.
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